Cuál es el Salario Mínimo Interprofesional en España

2024

El salario mínimo en España es un tema en constante actualización, pues es un pilar esencial que pretende garantizar una calidad de vida digna a los trabajadores. El salario mínimo es un indicador de la economía española en general y de las políticas del gobierno en términos de equidad económica y protección social.

Este artículo cubre: 


¿Qué es el salario en España?

Según la Legislación Laboral Española en España, el concepto de salario abarca la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, ya sea en dinero o en especie, por la prestación de servicios laborales por cuenta ajena y que retribuyan el trabajo efectivo o los períodos de descanso computables como de trabajo.

Aunque una parte del salario pueda ser en especie, este pago en especie no podrá superar en ningún caso, el 30% de las percepciones salariales del empleado. Tampoco puede suponer una reducción de la cantidad total en dinero del Salario Mínimo Interprofesional.

Es importante aclarar que no debe haber ninguna discriminación por razón de sexo en el salario.

Estructura y componentes del salario

La estructura del salario es establecida por negociación colectiva o, en su defecto, por contrato individual y se compone de:

Salario base: 

Es el salario que se paga al trabajador y se establece por unidad de tiempo trabajado o por unidad de obra.

Complementos salariales:

Estos complementos se establecen atendiendo a varias circunstancias como las condiciones personales del trabajador, el trabajo realizado y la situación de la empresa. Entre estos complementos salariales, que normalmente pactados en la negociación colectiva, destacan los siguiente:

  • La antigüedad.
  • Las pagas extraordinarias.
  • La participación en beneficios.
  • Los complementos del puesto de trabajo (toxicidad, peligrosidad, trabajo nocturno, etc).
  • Primas a la producción por calidad o cantidad de trabajo.
  • Residencia en provincias insulares y Ceuta y Melilla, etc.

En cuanto a la cuantía del salario base y de los complementos salariales, tendrá prioridad lo que esté establecido en el convenio colectivo de empresa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior.

¿Qué tipo de retribuciones no se consideran salario?

No tendrán consideración de salario aquellas cantidades percibidas por el trabajador en concepto de:

  • Indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral.
  • Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.
  • Los pluses de distancia y transporte.
  • Indemnizaciones correspondientes a traslados.
  • Indemnizaciones correspondientes a suspensiones o despidos.
  • Dietas por alojamiento y manutención.

Derechos del trabajador relativos al salario

Según recogen las regulaciones salariales españolas, y sobre todo atendiendo a los establecido en el Estatuto de los Trabajadores, el trabajador, en todo caso, tendrá los siguientes derechos:

  • A percibir el salario en la fecha y lugar convenido o según usos y costumbres.
  • A que se le entregue un recibo individual y justificativo del pago del salario.
  • A que el abono de las retribuciones periódicas tenga lugar en un plazo inferior a 30 días.
  • A percibir anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.
  • A percibir un interés del 10% anual por mora sobre el importe del salario, en caso de retraso en el pago.

Por su parte, el empresario efectuará de forma delegada la retención de las cargas fiscales y de Seguridad Social que por ley correspondan sobre las retribuciones de los trabajadores.

Pagas extraordinarias

Los trabajadores tienen derecho al menos a dos pagas extraordinarias con carácter anual. El importe de las pagas extraordinarias será el pactado por convenio colectivo. El abono de estas pagas se hará efectivo en dos momentos: una por Navidad y otra en el mes que se haya determinado por convenio colectivo o por acuerdo entre empresario y trabajador.

Esto supondrá un total de 14 pagas al año. No obstante, se puede acordar por convenio que se prorratee su importe mensual. Según la legislación laboral española, toda hora de trabajo por encima del total de horas semanas debe recibir una compensación adecuada.

Igualdad de remuneración por razón de sexo

El artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores, dedicado a la Igualdad de remuneración por razón de sexo, decreta que “el empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución (…) sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo”.

Además, establece que el empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por género y distribuidos por grupos y/o categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor. 

En su tercer apartado, el propio artículo estipula que “cuando en una empresa con al menos 50 trabajadores, el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un 25% o más del conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, el empresario deberá incluir en el Registro salarial una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras”.

El Salario Mínimo Interprofesional

El Salario Mínimo Interprofesional es una remuneración mínima que reciben los trabajadores con carácter obligatorio. El artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores establece que será el Gobierno quien fije el Salario Mínimo Interprofesional, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas.

Para su determinación se tendrán en cuenta los siguientes factores:

  • El Índice de Precios de Consumo (IPC), que mide la variación de los precios de los productos y servicios más utilizados, ya que un IPC elevado supone una disminución del poder adquisitivo de los trabajadores.
  • La productividad media nacional alcanzada.
  • El aumento de la participación del trabajo en la renta nacional.
  • La coyuntura económica general.

En ningún caso esta revisión del Salario Mínimo Interprofesional afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales en el caso de que fueran superiores a aquel. Por otro lado, el mismo artículo establece que el Salario Mínimo Interprofesional es inembargable. 

El establecimiento y el cálculo del Salario Mínimo Interprofesional es una competencia exclusiva del Estado en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas.

¿Cuánto es el Salario Mínimo Interprofesional 2024 en España?

Según el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, desde el 1 de enero de 2024 el Salario Mínimo Interprofesional es de 1134 euros mensuales en 14 pagas. En este caso estas pagas representan el total de devengos de la nómina. Si las pagas extra se prorratean las 12 mensualidades deben ser de 1323 euros.

Por tanto, el salario mínimo por mes tiene que ser al menos igual a dicha cantidad. El salario de las personas trabajadoras eventuales (temporeras) cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120, no puede ser inferior a 53,71€ por jornada. En el caso de empleados del hogar que trabajen por horas, el salario mínimo será de 8,87€/hora trabajada.

Diferencia entre salario, salario base y SMI

Los conceptos salario, salario base y Salario Mínimo Interprofesional son términos muy cercanos y eso hace que se genere cierta confusión sobre si son lo mismo o no. Analicemos cada uno de estos términos para ver la diferencia.

  • El salario hace referencia a aquella retribución en dinero o especie que recibe un trabajador por sus servicios profesionales. Es el total bruto que se recibe en la nómina. 
  • El salario base es parte del salario. Es la parte fija de la nómina que se establece según se prevea el convenio colectivo de aplicación. Esta parte viene determinada en las tablas salariales del convenio, en función de la categoría profesional del trabajador. Es decir, no es el Gobierno quien lo establece, como en el caso del SMI.
  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es una cantidad fijada por el Gobierno que se va actualizando cada año, como resultado de diálogo con organizaciones sindicales y asociaciones empresariales. Se trata de una cifra mínima de remuneración total que una empresa paga al trabajador.

 

 

 

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