Legislaciones sobre teletrabajo en Latinoamérica

Written by Maria Jesus

El mercado laboral ha cambiado con los años y, con la crisis sanitaria mundial, también se  modificó la forma en que las empresas están contratando a sus trabajadores. Mientras algunos mantienen (o retornaron) al trabajo de oficina, otros han implementado el trabajo remoto de forma definitiva.

Un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), reveló que, durante 2020 y 2021, un 20% y 30% de los trabajadores asalariados desarrollaron su actividad desde sus domicilios. Esto mismo, en 2019, era de solo un 3% de la fuerza laboral latinoamericana.

Cada país tiene su propia legislación laboral, con normativas y reglamentaciones que rigen el teletrabajo en Latinoamérica. En esta guía ahondaremos en el tema, para conocer las diferencias entre cada país latinoamericano.

Este artículo cubre:

¿Qué es teletrabajo?

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), existen diferentes definiciones sobre teletrabajo e incluso cada legislación latinoamericana tiene su definición clara sobre esta modalidad laboral.

Sin embargo, se entiende por teletrabajo a la forma de organizar y realizar labores a distancia, mediante la utilización de las TIC, sea en el domicilio del trabajador o en establecimientos ajenos que no sean la oficina del empleador.

Leyes sobre teletrabajo en Latinoamérica

A continuación, nos adentraremos en las diferentes legislaciones existentes en los principales países de América Latina. 

Argentina

En Argentina está la Ley de teletrabajo (Ley 27.555), que regula las normas ligadas al trabajo a distancia, con sus derechos y obligaciones.

Algunas especificaciones que menciona esta ley argentina:

  • El contrato de teletrabajo existe cuando se realizan actos, obras o se prestan servicios desde el domicilio de la persona que trabaja o desde lugares distintos al establecimiento del empleador, por medio de tecnologías de la información y comunicación.
  • La jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de acuerdo con los límites legales.
  • La decisión de pasar a la modalidad de teletrabajo debe ser manifestada por escrito.
  • El trabajador bajo la modalidad de teletrabajo tiene derecho a una remuneración igual a la que recibiría alguien con modalidad presencial.
  • El trabajador remoto tiene los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan de forma presencial.
  • El trabajador tiene derecho a no ser contactado y desconectarse fuera de su jornada laboral y durante las licencias. 
  • Tiene derecho a que el empleador le compense los mayores gastos en conectividad o consumo de servicios. 
  • El empleador debe proveer los elementos de trabajo, como el equipamiento, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas del trabajador.
  • El empleador debe garantizar la capacitación a nuevas tecnologías, sea con cursos o herramientas de apoyo.
  • Los trabajadores que tienen a su cargo el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que convivan con él y que requieran asistencia específica, tienen derecho a coordinar con el empleador horarios compatibles a la tarea de cuidado o la interrupción eventual de su jornada.
  • No se aplica la ley de teletrabajo cuando la prestación laboral se realiza en los establecimientos, dependencias o sucursales del empleador o cuando la prestación laboral se realiza en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja.

Sobre el contrato de teletrabajo en Argentina, éste debe contener lo siguiente:

  • La voluntad del trabajador para realizar su labor diaria y definición del lugar de prestación de tareas.
  • Tipo de jornada: dinámica, fija, total o parcial.
  • Modalidad de trabajo: mixta o total en línea.
  • Detalle de equipamiento, amortización y compensación por gastos de conexión.
  • Especificación de software utilizado.
  • Plazos de preaviso respecto a la reversibilidad.
  • Derecho a la desconexión digital.

En nuestro artículo puedes revisar más información sobre la legislación laboral de Argentina.

Bolivia

En Bolivia está el Decreto Supremo 4218 que regula el teletrabajo para los sectores público y privado, donde se señala que es una modalidad especial de prestación de servicios mediante las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC).

Algunas especificaciones que menciona esta ley boliviana:

  • En caso de que exista un contrato previamente suscrito, deberá crearse una adenda al contrato principal, estableciendo la aplicación del teletrabajo permanente o temporal.
  • La jornada laboral no puede exceder a la establecida por la ley nacional.
  • El trabajador debe informar en un plazo no mayor a 24 horas cuando el equipamiento y/o software a su cargo sufra algún daño, extravío, robo, destrucción u otro imprevisto.

Brasil

En Brasil se rigen por la Ley 13.467, la cual incorpora un capítulo sobre teletrabajo en la Consolidación de la Legislación del Trabajo (CLT).

Algunas especificaciones que menciona esta ley brasileña:

  • Existe la obligación de formalizar esta modalidad en el contrato de trabajo.
  • Se puede pasar de un régimen presencial a uno en el domicilio si ambas partes están en acuerdo, es decir, trabajador y empleador. Esto se debe reportar dentro de un periodo de 15 días.

Chile

En Chile la principal ley sobre el trabajo remoto es la Ley de Teletrabajo (Ley 21.220), la cual está enmarcada en el Capítulo IX del Código del Trabajo. Esta normativa fija todas las reglamentaciones sobre el trabajo a distancia y el teletrabajo.

Esta ley considera dos tipos de trabajos remotos:

  • Trabajo a distancia: El trabajador presta sus servicios, total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos de los establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa.
  • Teletrabajo: Es cuando los servicios son prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o si tales servicios deben reportarse mediante estos medios.

Algunas especificaciones que menciona esta ley chilena:

  • Se debe implementar un mecanismo fidedigno de registro de cumplimiento de la jornada a distancia.
  • El lugar de teletrabajo no necesariamente es el hogar del trabajador, sino que el que determinen ambas partes o un espacio elegido libremente.
  • La jornada laboral puede acordarse libremente si la naturaleza de las funciones del trabajador a distancia lo permite. Cabe agregar que se tienen que respetar los límites máximos de la jornada diaria y semanal.
  • El trabajador tiene derecho a la desconexión, el cual tiene una duración de al menos 12 horas continuas en un periodo de 24 horas.
  • Dentro de los 15 días siguientes al acuerdo de trabajo entre ambas partes, el empleador deberá realizar el Registro de Pactos de Trabajo a Distancia o Teletrabajo, que se realiza de manera electrónica en la Dirección del Trabajo.
  • Los trabajadores que prestan servicios a distancia o teletrabajo gozan de todos los derechos individuales y colectivos establecidos en el Código del Trabajo, siempre y cuando no sean incompatibles con esta modalidad especial de prestación de servicios.
  • El empleador debe proporcionar los equipos, herramientas y materiales, además de los elementos de protección personal.
  • Trabajar bajo esta modalidad no significa que el empleador pueda disminuir la remuneración pactada con el trabajador.
  • No se considera trabajo a distancia o teletrabajo cuando el trabajador presta servicios en lugares designados y habilitados por el empleador, aun cuando se encuentren ubicados fuera de las dependencias de la empresa.

A continuación puedes revisar otras leyes sobre trabajo remoto, pero que son secundarias en Chile:

  • Ley 21.645: La Ley 21.645 regula un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo para todos los trabajadores que tengan a su cuidado a menores de 14 años, a una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada.
  • Ley 21.391: La Ley 21.391 establece el teletrabajo para los trabajadores que cuidan a niños, niñas o personas con discapacidad en situaciones de emergencia. Esta ley se aplica cuando se declara un estado de catástrofe por calamidad pública o alerta sanitaria por epidemia o pandemia.

Si quieres conocer más detalles sobre la legislación laboral en Chile, puedes revisar nuestro artículo sobre el tema.

Colombia

En Colombia, la Ley 1221 de 2008, en su decreto 1227 de 2922, define las normativas relacionadas con el teletrabajo utilizando como soporte las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).

Existen tres modalidades de teletrabajo en Colombia: 

  • Autónomos: Son aquellos que usan su propio domicilio o un lugar determinado fuera de la empresa. Van a la oficina solo en ocasiones específicas.
  • Móviles: Son aquellos que no tienen un lugar de trabajo establecido y sus herramientas principales son las TIC.
  • Suplementarios: Son aquellos que trabajan dos o tres días a la semana en su casa, y el resto del tiempo en una oficina. También se le conoce como trabajo híbrido.

Algunas especificaciones que menciona esta ley colombiana:

  • El empleo debe generarse mediante el uso de las TIC u otros medios.
  • El teletrabajo es voluntario. El trabajador puede optar por regresar a las instalaciones de la empresa en cualquier momento, salvo que haya sido contratado inicialmente bajo esta modalidad.
  • No se concede auxilio de transporte si no hay necesidad de desplazamiento.
  • No requiere un lugar físico específico, pudiendo el trabajador elegir desde dónde trabajar, con el acuerdo del empleador y la aprobación de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL).
  • El empleador debe proporcionar las herramientas tecnológicas necesarias y cubrir los costos asociados, incluyendo energía e internet.
  • Los teletrabajadores tienen derecho al reconocimiento y pago de horas extras.
  • Los trabajadores tienen derecho a la desconexión laboral, es decir, que no lo contacten fuera de su jornada laboral, durante vacaciones o descansos.

Puedes revisar más sobre la legislación laboral en Colombia en nuestra guía completa.

Costa Rica

En Costa Rica está la Ley 9738, cuyo objetivo es promover, regular e implementar el teletrabajo como instrumento para la generación de empleo y modernización de las organizaciones públicas y privadas, a través del uso de TIC.

Algunas especificaciones que menciona esta ley costarricense:

  • El teletrabajo es voluntario tanto para el teletrabajador como para el empleador.
  • Si el teletrabajo se adopta posterior al inicio de actividades del trabajador, se debe firmar un acuerdo voluntario entre ambas partes.
  • El horario del teletrabajador podrá ser flexible previo acuerdo con su jefatura y siempre que no afecte el normal desarrollo de los procesos de trabajo.
  • No podrá utilizarse el teletrabajo como medio para propiciar tratos discriminatorios en perjuicio de las personas trabajadoras. 
  • El empleador deberá proveer y garantizar el mantenimiento de los equipos, los programas, el valor de la energía y los viáticos, según aplique.
  • Se debe capacitar al personal remoto sobre el manejo y uso de los equipos y programas necesarios para el desarrollo de sus funciones.
  • El trabajador debe informar en un plazo no mayor a 24 horas cuando las herramientas o los materiales a su cargo sufran algún daño, extravío, robo, destrucción u otro imprevisto.

Ecuador

En Ecuador cuentan con el Acuerdo Ministerial 237, que entrega directrices sobre la regulación del teletrabajo y la desconexión laboral.

Algunas especificaciones que menciona este acuerdo ecuatoriano:

  • El teletrabajo cuenta con todos los derechos y garantías laborales establecidas en el Código del Trabajo y en la Constitución de la República del Ecuador.
  • Se debe definir el periodo de vigencia del teletrabajo.
  • El teletrabajo podrá realizarse en el lugar convenido por el empleador con el trabajador, pudiendo ser su domicilio u otro lugar determinado.
  • El empleador debe proveer los equipos e insumos necesarios para la realización del teletrabajo.
  • Los teletrabajadores tienen derecho a la desconexión.

El Salvador

En El Salvador existe el Decreto 600 o Ley de Teletrabajo que promueve, regula e implementa las normas ligadas al trabajo remoto, haciendo uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Existen tres modalidades de teletrabajo en El Salvador:

  • Autónomos: Son aquellos que usan su propio domicilio o un lugar determinado fuera de la empresa. 
  • Móviles: Son aquellos que no tienen un lugar de trabajo determinado.
  • Suplementarios: Son aquellos que trabajan ciertos días a la semana bajo teletrabajo, y el resto del tiempo en modalidad presencial.

Algunas especificaciones que menciona esta ley salvadoreña:

  • La implementación del teletrabajo es voluntaria tanto para el trabajador como para el patrono, previo acuerdo entre ambas partes.
  • La jornada laboral y los horarios se regirán por las leyes colectivas de la empresa o institución pública.
  • Los teletrabajadores tienen los mismos derechos individuales y colectivos que los trabajadores presenciales.
  • Debe existir un contrato de teletrabajo que detalle con claridad las condiciones del trabajo, las obligaciones, los derechos y las responsabilidades de ambas partes.
  • El empleador debe proveer equipos, conexiones, herramientas, programas y aplicaciones necesarias para la ejecución de las labores del trabajador.
  • Los elementos y medios suministrados por el patrono no se pueden usar por personas que no sean el trabajador mismo.

Para saber más sobre la legislación laboral de El Salvador, puedes revisar toda la información en nuestro artículo.

México

En México se rigen por la Norma Oficial Mexicana 037 STPS (NOM-037-STPS), también conocida como Ley Home Office, que es una adición a la Ley Federal del Trabajo. Esta normativa regula los derechos y deberes sobre el teletrabajo en el país.

Existen dos modalidades de trabajo remoto en México:

  • Trabajo a domicilio: Aquel que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o en un local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo.
  • Teletrabajo: El trabajador presta sus servicios personal, remunerado y subordinado en un lugar distinto a las instalaciones de la empresa o fuente de trabajo del patrón. Además, utiliza las tecnologías de la información y la comunicación.

Algunas especificaciones que menciona esta ley mexicana:

  • El patrón debe capacitar a las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo.
  • El empleador debe establecer y difundir una política de teletrabajo.
  • El empleador debe proveer el equipamiento acorde al rol del trabajador como, herramientas necesarias para sus tareas, silla y escritorio ergonómico. El trabajador tiene la responsabilidad de cuidar todo equipamiento y material provisto por la empresa.
  • El empleador debe contar con un listado actualizado de los trabajadores con modalidad de teletrabajo. Este documento debe tener:
    • Nombre de las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo
    • Género
    • Estado civil
    • Actividades a desarrollar
    • Nombre y perfil del puesto
    • Porcentaje de tiempo de la relación laboral 
    • Teléfono de contacto
    • Domicilio de los trabajadores
    • Lugares de trabajo propuestos por los teletrabajadores
    • Razón social y domicilio del centro de trabajo
    • Listado del equipo de cómputo y ergonómico entregado a los teletrabajadores

En cuanto al contrato laboral, este documento debe tener lo siguiente:

  • Naturaleza y características específicas del trabajo a desarrollar
  • Monto del salario
  • Fecha y lugar o forma de pago
  • Equipo e insumos de trabajo
  • Mecanismos de contacto y supervisión entre el trabajador y sus líderes
  • Duración y forma en que se distribuirán los horarios

Si quieres conocer más sobre la legislación laboral de México, revisa nuestra guía completa sobre el tema.

Panamá

En Panamá existe la Ley 126, que establece y regula el teletrabajo en el país, además de modificar el Código del Trabajo sobre esta modalidad de trabajo.

Algunas especificaciones que menciona esta ley panameña:

  • Debe existir un contrato de trabajo o adenda al contrato, donde se acuerden los servicios prestados por el teletrabajador.
  • Los contratos individuales deben ser escritos y contendrán al menos lo siguiente:
    • La manifestación del carácter voluntario del teletrabajo.
    • La manifestación del carácter reversible del teletrabajo, así como el término de preaviso en caso de revertirse esta modalidad de trabajo.
    • La especificación de si el teletrabajo será parcial o completo.
    • Los detalles del tiempo de la jornada de trabajo.
    • Instalaciones adecuadas del teletrabajador para el desempeño de sus labores.
    • La cláusula de confidencialidad sobre la información de la empresa y de datos sensibles.
    • La descripción clara del puesto de trabajo y sus funciones.
    • La remuneración.
    • El domicilio de las partes.

Paraguay

En Paraguay, la legislación sobre teletrabajo está especificada en la Ley 6738, la cual establece la modalidad de teletrabajo en relación de dependencia.

Algunas especificaciones que menciona esta ley paraguaya:

  • Aplica tanto al sector público como al privado, pues busca regular el teletrabajo y establecer condiciones laborales.
  • El teletrabajo es una modalidad voluntaria, flexible y reversible tanto para la persona teletrabajadora como para la empleadora.
  • Se puede acordar el teletrabajo desde el inicio de la relación laboral o con posterioridad, previo acuerdo entre ambas partes.
  • Los trabajadores que se desempeñen bajo la modalidad de teletrabajo, tendrán los mismos derechos y obligaciones que un trabajador presencial, sea del sector público o privado. 
  • Las partes podrán establecer una distribución flexible de la jornada laboral, respetando los límites de la carga horaria, diaria y semanal. 
  • Se debe respetar el derecho a la desconexión de al menos 12 horas continuas.
  • El empleador debe respetar la vida privada del teletrabajador y los tiempos de descanso y reposo.

Perú

En Perú está la Ley 31572, también conocida como Ley de Teletrabajo, la cual regula el trabajo remoto en Perú. Esta ley fue promulgada en noviembre de 2021 y deroga a la ley 30036. 

Algunas especificaciones que menciona esta ley peruana:

  • El teletrabajador tiene los mismos derechos que los trabajadores bajo la modalidad presencial. Esto también aplica en cuanto a la jornada laboral.
  • El trabajador tiene derecho a la desconexión digital.
  • Se debe entregar equipos, servicio de acceso a internet o compensaciones económicas correspondientes a estos gastos. También aplica para el pago de energía eléctrica.
  • El trabajador debe estar disponible durante la jornada laboral del teletrabajo en caso de requerir coordinaciones por parte del empleador.
  • El trabajador tiene la libertad de escoger el lugar donde trabajará e informar a su empleador.
  • El empleado no puede realizar actividades particulares durante su jornada laboral.
  • Si el trabajador no puede realizar sus labores a causa de cortes en el suministro de la luz o por la falta de servicio de internet (debidamente acreditados), la empresa no puede descontarle ese tiempo en sus remuneraciones.
  • Si se necesita retirar documentación confidencial, se debe establecer las condiciones para hacerlo en las oficinas del empleador.
  • El trabajador debe contar con descansos obligatorios o pausas activas durante su jornada laboral.

Para más detalles sobre la legislación laboral en Perú, revisa nuestro artículo sobre el tema.

Uruguay

En Uruguay existe la Ley 19.978 que regula las normas sobre el teletrabajo en el país.

Algunas especificaciones que menciona esta ley uruguaya:

  • El teletrabajo es voluntario y debe contar con un contrato escrito.
  • Los teletrabajadores gozarán de los mismos derechos y acceso a las mismas condiciones de trabajo que los trabajadores presenciales.
  • La jornada laboral no puede superar el máximo legal de horas semanales estipuladas en la legislación uruguaya.
  • El trabajador debe contar con una desconexión máxima de ocho horas continuas entre una jornada y la siguiente.
  • No se puede discriminar por tener la modalidad de teletrabajo.
  • El teletrabajador y el empleador deberán determinar el lugar donde se prestarán las tareas laborales.
  • Ambas partes acordarán los detalles sobre las herramientas y equipos para el teletrabajo. Si no se llega a acuerdo, el empleador deberá proporcionar los equipos, insumos, servicios y herramientas necesarias.
  • El teletrabajo se realiza bajo el principio de la reversibilidad. Esto significa que se puede modificar la modalidad de trabajo presencial a teletrabajo, o viceversa, previo acuerdo por escrito.

Revisa más información en nuestra guía sobre la legislación laboral en Uruguay.

Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo para el teletrabajo en Latinoamérica

Si quieres implementar el teletrabajo en tu empresa, o ya trabajas bajo esa modalidad, la Organización Internacional del Trabajo diseñó un manual de buenas prácticas en el teletrabajo. 

Algunas recomendaciones son:

  • Perfil del trabajador: La empresa debe definir el perfil del puesto que está buscando, describiendo claramente las competencias requeridas, cualidades y características del candidato.
  • Contrato individual: Se aconseja tener un contrato individual entre la empresa y el teletrabajador, donde se estipulen todos los detalles del acuerdo.
  • Compensación de gastos por teletrabajo: Una buena práctica es que el empleador compense los gastos derivados del teletrabajo en su domicilio, como equipamiento técnico, internet, electricidad, entre otros.
  • Prevención en salud y seguridad: El empleador puede tener manuales o instructivos sobre la salud y la seguridad en el teletrabajo, informando sobre sus políticas al respecto.

Reflexiones finales

En conclusión, si bien gran parte de los países de Latinoamérica tienen regulaciones sobre el teletrabajo, aún existen naciones con baja o casi nula información sobre esta modalidad de trabajo.

Si bien algunas naciones como Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Perú y Uruguay tienen leyes específicas al teletrabajo, otros países solo tienen breves decretos o normativas y no han realizado grandes cambios al respecto.